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Rechazan la libertad de Pachelo y ordenan alojarlo en un penal con régimen abierto

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La Justicia de San Isidro denegó la libertad asistida de Nicolás Pachelo, absuelto por el crimen María Marta García Belsunce, pero condenado a nueve años y medio de cárcel como autor de una serie de robos en countries del conurbano bonaerense, al considerar que existen riesgos procesales.

En la misma resolución, a la que Télam tuvo acceso, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de San Isidro dispuso que Pachelo sea trasladado al penal bonaerense de Gorina, en la localidad de Gonnet, bajo un régimen de alojamiento abierto, aunque sin salidas de prisión.

Actualmente el condenado por robos se encuentra alojado en la Unidad Penal 9 de La Plata a la espera de que el Tribunal de Casación bonaerense resuelva las apelaciones de la fiscalía y de la defensa respecto del fallo que lo condenó por los robos y lo absolvió por el crimen de la socióloga cometido en octubre de 2002 en el country Carmel de Pilar.

Sobre el pedido realizado por los defensores Raquel Pérez Iglesias y Marcelo Rodríguez Jordán para que Pachelo goce de un régimen de libertad asistida luego de ser beneficiado con la reducción de siete meses de condena por “estímulo educativo”, el juez del TOC 4 Esteban Andrejín consideró en su voto que “no corresponde conceder al justiciable su excarcelación en términos de la libertad asistida”, lo cual basó en el informe Técnico Criminológico y de conducta del Servicio Penitenciario bonaerense.

“Si bien el encartado ha cumplido el requisito temporal exigido para acceder el instituto liberatorio, advierto que su situación no satisface las restantes condiciones indispensables para su concesión”, expresó Andrejín, quien advirtió que “los profesionales que conforman el Departamento Criminológico promovieron reservas a que Pachelo acceda al beneficio liberatorio impetrado, incluso considerando en todo caso, antes oportuna, su inclusión en cursos de formación y tareas laborales”.

Luego, el magistrado se refirió a que “perduran las mismas premisas” vertidas en requerimientos anteriores, que indicaban la existencia de “un peligro procesal de intensidad” que amerita el encierro preventivo de Pachelo “como único medio eficaz que asegure el sometimiento” del mismo al proceso,

El juez mencionó también “dos sanciones disciplinarias que registra Pachelo -impuestas hace menos de un año a la actualidad-, cuya legitimidad y validez ya ha sido objeto de resolución, impiden de por sí, tener por configurada una observancia regular o correcta de las reglamentaciones carcelarias por parte del justiciable”

“Esta misma transgresión del régimen carcelario se refleja sin dudas, una falta de apego y voluntad del encausado por el respecto de las mínimas pautas de comportamiento en un ámbito libre, por cierto de vigilancia superlativamente más laxa que la del medio intra muros que infraccionó repetidamente”, indican los fundamentos del fallo al que adhirió el juez Federico Ecke.

Andrejín recordó que la condena impuesta a Pachelo no está firme y que aún queda pendiente un proceso unificatorio con otra causa por robo en la que Pachelo fue investigado, lo que podría generar “un incremento del tiempo de encierro.

Finalmente, el juez destacó que del informe ambiental solicitado “no se vislumbra grado suficiente de contención para tener por neutralizados los riesgos procesales vigentes”.

“En consecuencia, la prisión preventiva, resulta ser, por el momento, el único medio eficaz para el aseguramiento perseguido, en razón de la pena, -la que si bien no se encuentra firme-, goza de presunción de estabilidad, lo cual acrecienta el riesgo de que el acusado intente eludir el accionar de la justicia y la aplicación de la ley material”, concluyó Andrejín al rechazar la libertad asistida de Pachelo.

No obstante, el magistrado dispuso que Pachelo pueda permanecer preso bajo un régimen abierto, aunque sin salidas, lo cual también había sido solicitado por su defensa, y que a tal fin sea trasladado de manera “urgente” a la Unidad Carcelaria Nº 12 de Gorina.

Fuente Télam

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