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Rechazaron el pedido del empresario Wagner para no considerar su declaración en la causa cuadernos

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El Tribunal Oral Federal 7, que tramita el expediente conocido como la “causa cuadernos”, rechazó el pedido del empresario de la construcción Carlos Wagner para que se desestimaran sus dichos en el caso por presuntas “presiones”.

El tribunal, integrado por los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli, no detectó que como parte del trámite judicial, y eso incluye la declaración de Wagner, se observen “violaciones constitucionales a las que la parte se refiere”.

“La nulidad propiciada no puede prosperar, ya que la parte (los abogados del empresario) no ha dado cuenta de la omisión de ninguna forma que merezca tal remedio procesal”, señalaron los magistrados en el fallo firmado la semana pasada pero conocido en las últimas horas.

Los letrados representantes de Wagner, Zenón y Federico Ceballos, denunciaron en su presentación tres presuntas irregularidades: una maniobra de “fórum shopping”, para dirigir la designación de los jueces a cargo de la investigación; cuestionaron el “acuerdo de colaboración” suscripto por el mismo Wagner y plantearon la inconstitucionalidad del artículo 210 del Código Penal.

Los doctores Ceballos plantearon ante el TOF 7 que “tanto la ‘audiencia de arrepentimiento’ como la ‘audiencia de homologación’ constituyeron una grosera ficción que tuvo por único objetivo vincular los dichos de los ‘arrepentidos’”, en la causa que investiga la cartelización de la obra pública y la existencia de dádivas para obtener los contratos.

En su declaración, el extitular de la Cámara Argentina de la Construcción (CAC) reconoció haber pagado coimas y describió el sistema de las empresas para turnarse y constituir así un “club de la obra pública” que tenía preferencia en las licitaciones.

La defensa de Wagner consideró que el hecho de que su defendido hubiera estado detenido al momento de prestar la “colaboración” fue motivo suficiente para que su declaración estuviera condicionada y forzada por el deseo de obtener la libertad.

“No se desprende con certeza de la presentación si lo que los letrados buscan cuestionar es la celeridad con la que el juez homologó el acuerdo, la veracidad de los dichos de su asistido o su propia actuación profesional en el consentimiento del acuerdo”, señaló Méndez Signori en su voto, refrendado por los otros dos jueces.

En cuanto a la maniobra de “fórum shopping” los jueces consideraron que se respetó el principio de juez natural y que por lo tanto no es atendible y en la inconstitucionalidad del artículo 210 del Código Penal, que tipifica la asociación ilícita, el planteo no cita “las normas adjetivas en las que se sustenta”.

Finalmente, los tres jueces evaluaron que por el carácter “improcedente” de los planteos las costas del juicio deben ser pagadas por Wagner.

La última novedad del expediente tiene que ver con la certificación de tachaduras y remedos de los cuadernos realizados por el policía retirado de 77 años, Jorge Bacigalupo.

El exagente tuvo en su poder los cuadernos de Centeno antes de entregárselos a un periodista de La Nación.

Fuente Télam

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