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Revocan sobreseimiento a mujer que intentó viajar a EEUU con US$ 93.000 ocultos en ropa y mochila

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La Cámara en lo Penal Económico revocó hoy el sobreseimiento de una mujer que intentó abordar un avión rumbo a Estados Unidos con 93.000 dólares sin declarar ocultos en su ropa y otras pertenencias y dispuso que siga una causa en su contra por supuesto intento de contrabando.

La pasajera fue interceptada el 15 de noviembre de 2022 en el aeropuerto internacional de Ezeiza, cuando pasó el scanner para abordar un vuelo con destino a Miami, Estados Unidos, se recordó en el fallo firmado por la jueza Carolina Robiglio y el juez Roberto Hornos, del Tribunal de Apelaciones, al que tuvo acceso Télam.

Personal de la guardia de Prevención de la Policía de Seguridad Aeroportuaria hacía el control de rutina y una agente observó que la pasajera “presentaba bultos a la altura de la cintura, incompatibles con su anatomía”

Al ser consultada sobre qué transportaba, respondió que tenía unos 30.000 dólares y al ser requisada por orden judicial se secuestraron debajo de sus ropas, la suma mencionada pero además había otros fajos de dinero en la zona de su abdomen y en bolsillos traseros del pantalón

También llevaba dólares en los tobillos, debajo de las medias y en su equipaje de mano.

En total tenía 93.230 dólares que al ser indagada dijo eran fruto de la venta de una propiedad, que viajaba para quedarse en Estados Unidos y había escondido el dinero de esa forma ante la “inseguridad” que hay en la Argentina.

También que no sabía del límite de 10.000 dólares que se pueden sacar del país sin declarar.

La pasajera había sido sobreseída en primera instancia, en un fallo apelado por la fiscalía que argumentó que G. A. M. “no podría alegar el desconocimiento de la restricción de extraer divisas del territorio nacional por sumas superiores a 10.000 dólares, pues aquella prohibición consta publicada en letreros ubicados en el aeropuerto y la nombrada, que posee nacionalidad argentina y estadounidense, ha viajado en reiteradas oportunidades de un país al otro, por lo cual debería presumirse el conocimiento de aquélla sobre los regímenes para el transporte del dinero”.

La pasajera argumentó que guardó el dinero de esa manera “sin ningún tipo de enmascaramiento o disimulo” con intención de prevenirse de un “posible robo o hurto” y que no hubo “engaño a los controles”,

El Tribunal de Apelaciones revocó el sobreseimiento y ordenó que prosiga la investigación por supuesto contrabando de divisas que supone “una maniobra engañosa llevada a cabo por el sujeto activo para inducir a error a los funcionarios aduaneros, con el objeto de impedir o dificultar el control respectivo “Los billetes de banco de curso legal nacionales o extranjeros son un objeto susceptible de ser importado o exportado y, en consecuencia, mercadería en los términos del art. 10 del Código Aduanero”, según recordaron.

Ante ello “en el supuesto que el servicio aduanero resulte impedido o dificultado en el control sobre la exportación de dinero, podría realizarse el delito de contrabando y, en consecuencia, podrían aplicarse las sanciones previstas por el Código Aduanero”, agregaron.

“De acuerdo a la forma en que se habría encontrado distribuido y acondicionado el dinero que transportaba G. A. M. al momento de intentar salir del país se permitiría sospechar la realización por parte de aquélla de una acción tendiente a sustraer cuanto menos una parte del dinero aludido” del control aduanero sobre las exportaciones.

Los jueces entendieron que “si bien es razonable transportar dinero de una forma que permita evitar posibles sustracciones o apoderamientos ilegítimos, es cierto también que de acuerdo a la forma en que G. A. M. llevaba distribuido y acondicionado el dinero que intentó extraer del país, también podría implicar, si no ha habido una declaración ante la autoridad aduanera relacionada con el transporte de divisas, el propósito de ocultarlo del control del servicio aduanero”.

Fuente Télam

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